NORMAS OPERATIVAS
20/07/2023 - RESOLUCION 67 - Vigencia de Ordenes
Según resolucion 67, se resuelve:
Art. 1°: Extender el plazo de validez de las prescripciones para la realización de estudios de diagnostico, de análisis de laboratorio bioquímico, de imagenologia y/u ordenes para realización de practicas terapéuticas a noventa (90) días desde su fecha de emisión para la realización de las prestaciones prescriptas en las mismas.
20/07/2023 - RESOLUCIÓN 73 - Vigencia de Autorización
Según resolución 73, se resuelve:
Art. 1°: Ampliar la Resolución 67/2022, aplicando el plazo de noventa (90) días a aquellas autorizaciones emitidas por la OSPJN.-
OSPJN se maneja con sus propias órdenes (blancas y verdes) que son entregadas a los afiliados. Toda práctica que se realice debe ser solicitada en dicho formato completando todos sus campos + diagnóstico + número de prestador, en su caso: 449 (recordar a los médicos prestadores el n° de prestador para que lo coloquen en la orden).
Respecto a las normas operativas se informa que la obra social se rige en base a dos resoluciones de prácticas y laboratorios.
Las mismas indican si determinadas prácticas requieren o no autorización mas allá de lo pactado individualmente con cada prestador.
Es decir que, si una práctica está convenida, se deberá chequear en ambas resoluciones a los fines de requerirle o no al afiliado la autorización.
En caso de que no lo requiera se recibe directamente la orden de OSPJN debidamente completada y se factura al área correspondiente (ubicada en calle Lavalle n°1653 CABA. CP 1048. Buenos aires Argentina tel 011-49704600 interno 3910-3914-3915).
Se pide por favor informar a todas las áreas de estas dos resoluciones a los fines de evitar que los afiliados vengan para autorizar algo que no lo requiere.
En caso de que si lo requiera se le solicita al afiliado traer la orden para autorizarla por sistema y entregarsela luego a la institución para poder facturar (orden verde de OPSJN + autorización del sistema y se envía a la misma dirección mencionada supra con el protocolo de la practica)
Toda práctica que no estuviera convenida se debe entregar al afiliado PEDIDO MEDICO + RESUMEN DE HISTORIA CLÍNICA Y/O ESTUDIOS QUE JUSTIFIQUEN + PRESUPUESTO FORMAL. Todo eso se envía al área de auditoria médica a los fines de su resolución.
Todo pedido de material debe ser hecho con anticipación (5 días antes como mínimo salvo que sea urgente y el médico lo justifique) y se debe solicitar con pedido médico genérico del material sin indicar marca pudiendo sugerir la misma + pedido de la cirugía con fecha de la misma + estudios que justifiquen el pedido del material para poder enviarlo al área de compras para su gestión.
Toda internación se autoriza como primera vez como máximo tres días y luego se debe solicitar la prórroga correspondiente.
Toda práctica convenida que se realice al afiliado mientras se encuentre internado se incluye dentro de la misma internación con la foja de la misma.
En caso de que el médico no sea del staff de médicos y sea de otra institución que va a operar allí (siempre médicos prestadores de OSPJN) se debe indicar al momento de solicitar la cirugía y la internacion.
Toda práctica que se realice de urgencia debe ser facturada directamente junto con el protocolo de la misma y la justificación de la urgencia sujeto a auditoría médica al momento de la facturación.
Todo pedido de traslado es a través de la empresa EMI y lo gestiona directamente el afiliado tel 0810-1222364.
Consulta de afiliados para prestadores de la O.S.P.J.N.
Para poder acceder al aplicativo de consultas de afiliados deberá estar registrado en la extranet de proveedores, dicha registración se podrá realizar desde la Web de la Obra Social del Poder Judicial de la nación www.ospjn.gov.ar en la sección Extranet o directamente en el link extranet.ospjn.gov.ar/WebProveedores/
REGISTRO
Una vez ingresado, seleccione “Registra como nuevo usuario” (Ver imagen 1) y complete el formulario.
Una vez completado el formulario, vaya a la casilla de correo del Mail con el que se registro (Importante, si no encuentra el Mail de smtprealay@ospjn.gov.ar en el Buzón, revise en Spam o Correo no deseado) y siga el hipervínculo para completar el registro.
Si siguió este procedimiento Ud. ya se encuentra registrado para utilizar consultas de afiliados de la O.S.P.J.N. Ahora puede ingresar a extranet.ospjn.gov.ar/WebProveedores/ e inicie sesión
Una vez que haya iniciado sesión en el sistema. Cuando este dentro de la aplicación visualizará dos opciones.
1. Ver Ordenes de Pago
2. Consulta de Afiliados.
Deberá ingresar a la opción número dos. Consulta de Afiliados.
Una vez adentro de la Consulta de Afiliado. Se le solicitará ingresar los datos del afiliado, el Nro Afiliado y la Barra afiliado. Y adicionalmente una prestación, que indicaría el motivo de la consulta del afiliado.
Cuando se ejecute el botón buscar el sistema arrojara 5 resultados.
1. Debe completar todos los datos. Todos los valores descriptos anteriormente son obligatorios. Permitiendo para el Nro y Barra de afiliado solamente valores numéricos
2. Seleccione una Prestación
3. El Afiliado no se encuentra en nuestra base de datos.
6. Afiliado Suspendido. Solo emergencias y urgencias.
Autorizaciones de sesiones de psicología autorizadas para prestador "Colegio de Psicólogos".
Respecto a esto, se indica que:
1. Para las sesiones de psicología, el paciente debe presentarse con el RP de la solicitud y la autorización va a indicar "Colegio de Psicólogos" ya que, PODER JUDICIAL tiene convenio SOLO CON LICENCIADOS QUE ESTÉN COLEGIADOS.
2. Por lo contrario para Psiquiatría, el paciente sólo debe presentar el cupón verde de consulta.
Es necesario que el secretariado de estos servicios sean claros en el RP de solicitud para evitar confusiones a la hora de facturar y los posteriores débitos.
PRACTICAS QUE REQUIEREN Y NO REQUIEREN PREVIA AUTORIZACION