LUZ Y FUERZA CORDOBA (OSPLYF)
20/09/2023 - ACCESO PORTAL DE AUTORIZACIONES
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Normas Operativas
NORMAS DE PROCEDIMIENTOS EN INTERNACION
1. Módulos por Patología:
Esta modalidad se ha establecido por patología resuelta, para las prestaciones médicas con módulo quirúrgico (inclusiones días de pensión dentro del módulo), no pudiendo el prestador facturar días excedentes si los hubiera.
Si por la evolución clínica de la patología, las enfermedades prevalentes del paciente, etc. fuera necesario prolongar la internación, mas allá de los días establecidos en el módulo, se deberá notificar a la Obra Social en el plazo de las primeras 24 hs de consumido los días del módulo. De no cumplir el plazo se da por desestimada la prórroga.
El prestador solicitará la autorización de la prórroga pertinente, previo cumplimiento de los plazos establecidos anteriormente, con envío de informe médico y/o resumen de HC que justifique continuar la internación, a nuestra área de Auditoría Médica, quien evaluará el motivo de la prolongación de los días de estada, junto a la Auditoría en Terreno.
En el plazo de 24 hs posterior de recibida la notificación de la prórroga de internación por parte del prestador, el Área de Auditoría Médica informará la autorización o rechazo de la prórroga solicitada.
Si el motivo de la prolongación de la internación, está asociado a una causal atribuida al prestador y/o práctica realizada, la prórroga se notificara como rechazada.
De lo contrario, se acordará en auditoría compartida un valor módulo clínico entre el 50% y el 100%, dependiendo de la causa de la prórroga.
2. Código de Pensión:
El código de pensión es 460201 (Internación en piso, correspondientes al 1º y 2º día).
A partir del periodo prestacional Setiembre 2019, se añadirá 01 día más (el 3º día) no contemplado a la fecha en el nomenclador vigente.
Por tal motivo el código 460201 pasará a contemplar del (1º al 3º día).
3. Internaciones:
Las internaciones deben quedar cerradas en el sistema de validación de prestaciones que provee la Obra Social para sus registros (Gecros) al día del Alta Sanatorial (Egreso).
De no realizarlo en esa oportunidad, se dispondrá de un plazo excepcional de 48 hs de la fecha del mismo para que el prestador concluya con los procesos de gestión administrativo y médico, y finalizado éste, el Departamento de Auditoria Médica de la Obra Social procederá a cerrar las internaciones.
En caso de haber omitido alguna prestación y su correspondiente autorización, deberá facturarse por separado, con factura complementaria, haciendo referencia a la internación de origen y se notificará vía mail, al Departamento de Auditoria Medica, la cual evaluará y considerará de corresponder, su posterior autorización junto con la documentación complementaria enviada.
Queda excluida de toda consideración y/o motivo la reapertura del validador de prestaciones (Gecros) para la carga de prestaciones luego del alta del paciente y su correspondiente cierre en el sistema.
Tener en cuenta que el día de egreso (alta sanatorial) no se factura, excepto fallecimiento o alta voluntaria.
4. Internación en Habitación (VIP):
VIP Quirúrgico:
La modalidad de autorización de la Obra Social, esta protocolizada en las cirugías que por su resolución quirúrgica contemple un tiempo de estada hasta 04 (cuatro) días de internación.
Cabe aclarar que el único código que se factura es el siguiente:
VIP quirúrgico: 470105
Si la internación quirúrgica se prolongara más allá de los días que incluye el módulo, se facturará un valor fijo de $ 5.000,00 (pesos cinco mil) por día de excedente, previa autorización de auditoría.
En caso que el modulo quirúrgico incluya 05 (cinco) días y por la evolución favorable del paciente se otorgue el alta al 4º día del ingreso, solo se facturará el VIP por los días de estada del paciente.
VIP Clínico:
La modalidad de autorización de la Obra Social, está protocolizada en las internaciones clínicas, que por evolución y resolución de la patología al tratamiento médico, contemple un tiempo de estada hasta 04 (cuatro) días de internación.
Cabe aclarar que el único código que se factura es el siguiente:
VIP clínico: 470104
Quedan excluidos de esta excepción los pacientes (quirúrgicos y clínicos) con patologías que requieran larga estada, superior a 04 (cuatro) días de internación, pacientes crónicos, postrados y/o geriatrizados.
5. Cirugías Múltiples:
En el caso de Cirugías múltiples durante una misma intervención quirúrgica, (cualquiera fuese la vía de abordaje, contemplado en las Normas del Nomenclador Nacional) en referencia al apartado de cirugías múltiples, se abonará de la siguiente manera:
El código de mayor arancel al 100%
El código de menor arancel al 50%
6. Medicamentos de Alto Costo (en Internación)
Se evaluara de aplicar el mecanismo de Reposición, previo el cumplimiento de lo siguiente:
· Prescripción médica (deberá contar con los datos identifiquen al afiliado, servicio donde está internado, medicamento prescripto por monodroga, dosis, intervalo de administración y tiempo de tratamiento) informar si el tratamiento es empírico con probabilidad de rotación del mismo y si existe o no rescate bacteriológico.
· Informe médico ampliado, con resultados de estudios complementarios y sus informes correspondientes (ej. Laboratorio, Rx, Ecografía, TAC, etc.).
· Informes bacteriológicos en caso de ATB con rescate del germen y antibiograma correspondiente.
· Informe del Especialista y pedido por el mismo profesional solicitando, de corresponder a medicamentos de alto costo (ej. Inmunoglobulinas, etc).
Esta información se enviará (vía mail) al Departamento de Auditoría Médica para su evaluación y en complementariedad con la Auditoría en Terreno, para informar de su autorización o rechazo. En caso de ser autorizado, la Obra Social efectuará la reposición de lo ya aplicado y provisto por la institución sanatorial juntamente con la provisión de lo restante para dar cumplimiento al tratamiento completo, en un plazo de entrega de 72 hs contadas desde la recepción del pedido del medicamento solicitado.
CIRCUITOS DE ATENCIÓN
Normas de Facturación
Regional LyF Salud S.A. agrupa a los afiliados de dos Obras Sociales:
1 - OSFATLyF – OBRA SOCIAL DE LA FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, empleados de Cooperativas Eléctricas de la Provincia de Córdoba.
2 - OSPLyF – OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LUZ Y FUERZA DE CORDOBA, empleados de la E.P.E.C. cuyo lugar de residencia es el Interior de la Provincia de Córdoba excepto:
-Zona Río Cuarto (Alejandro, Arias, Alejo Ledesma, Bouchardo y Rio IV). Toda prestación de éstos afiliados está a cargo de Simsamed S.A.-Bv.Roca 949-Rio IV – Tel. (0358) 4640635
-Zona Capital y Gran Cba. (Villa Allende, Unquillo, Mendiolaza, Arguello). Toda prestación de éstos afiliados está a cargo de la Obra Social Luz y Fuerza Córdoba – Gral.Paz 282 – Tel. 0800 888 3202 - 4214633
Regional LyF Salud S.A. se compromete a la recepción, auditoría y pago de facturación por prestaciones brindadas a los afiliados de Osplyf y Osfatlyf, siempre que las mismas hayan sido autorizadas por Auditoría Médica y esté determinado fehacientemente el vínculo contractual.
Para prestaciones de afiliados de:
OSPLyF Cba. Factura o Recibo Oficial tipo “A” o “C” a nombre de REGIONAL LyF Salud S.A.
OSFATLyF Nac. Factura o Recibo Oficial tipo “A” o “C” a nombre de REGIONAL LyF Salud S.A.
NOTA: Se debe remitir una factura por cada Obra Social. En ningún caso se debe efectuar una liquidación que agrupe a ambas O.Sociales en la misma factura.
Auditores Médicos por Regional Ly F Salud S.A.:
Dr. Rafael Piqueras – En Obra Social LyF - Gral Paz 282 (tel.4214633/4241384/4238027)
Dra. Miriam Monjo - En Casa del Estudiante – M.T.de Alvear 10 - (tel. 4240086 int.128)
Dra. Mirta Magallanes – En Casa del Estudiante - M.T.de Alvear 10 - (tel. 4240086 int.124)
Dr. Sartori Adrian – (tel. 0358-4631498 / 0358-4640635)
PRESENTACION DE LA FACTURACION
- Consultas: Se facturan las órdenes emitidas por la Obra Social agrupadas y con planilla (resumen) de facturación. En los casos que el profesional actuante facture más de 2 consultas por paciente/mes, deberá adjuntar resumen de Historia Clínica que justifique. Será motivo de débito el incumplimiento de ésta disposición.
- Prácticas: Se facturarán las órdenes emitidas y autorizadas por Auditoría Médica, con el pedido médico correspondiente e informe o resultado cuando así lo determinen las normas de facturación, agrupadas y con planilla (resumen) de facturación.
- Internaciones: Se factura con: orden de internación y/o prórrogas autorizadas sin excepción. En el caso de corresponder se debe adjuntar foja quirúrgica, foja anestésica, evolución diaria, hoja de enfermería, etc. Medicamentos catástrofes y prácticas especializadas deben tener autorización previa de Auditoría Médica sin excepción (caso contrario se procederá al débito correspondiente)
LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION
Hasta el día 10 de cada mes (o primer día hábil posterior) en:
REGIONAL LyF Salud S.A.
M.T.de Alvear 10 – Entrepiso
(5000) Córdoba
Tel. 0351 4240850 – 0351 4266140
Cuit: 30-70792419-1
Condición IVA: Responsable Inscripto
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