OMINT
25/01/2023 - Ya no requerirán uso de papel para la facturación de las consultas
CENTRO DE REHABILITACIÓN Y PERIFÉRICO SDE.
Nuevas Normas Operativas para Centro de Rehabilitación y periferico SDE - 29/12/2022
Los códigos y prestaciones del Centro (los cuales se encuentran en la grilla de OMINT, hoja REHABILITACIÓN SDE ), son para pacientes con C.U.D (Certificado único de discapacidad). Cuando se recepcione un afiliado con estas característica, la autorización se deberá solicitar por mail a: autorizacba@omint.com.ar, puesto que lleva autorización desde Auditoria Medica.
Si el paciente NO tiene C.U.D. no podrá ser atendido en el Centro de Rehabilitación, sino en Cede Central del Hospital y demás centros de atención, con los códigos correspondientes al convenio, los cuales se encuentran detallados en la grilla de OMINT y se valida por validador on line como el resto de las prestaciones.
Atenciones Centro de Rehabilitación y Periférico SDE
TENER PRESENTE LO SIGUIENTE AL MOMENTO DE RECEPTAR/AUTORIZAR EL LOS CENTROS MENCIONADOS 29-11-2022
Hasta tanto el financiador cargue las prestaciones en el validador, se deberá solicitar autorización por mail a la siguiente casilla: autorizacba@omint.com.ar
Centro de Atención al Prestador (CAP)
0810-222-5155
De lunes a viernes de 8:30 a 17:30
E-mail: cap@omint.com.ar
Sitio web Sección “Prestadores de Servicios de Salud”: www.omint.com.ar
Gestión de Autorizaciones: E-mail: autorizacba@omint.com.ar
NORMAS OPERATIVAS
Autorizaciones
Las prácticas que estén convenidas Y NO TENGAN TOPE, no es necesario pedir autorización por ninguna plataforma (TRADITUM - pagina OMINT- mail / fax, etc). Tienen tope sólo lo que son sesiones (psicoterapia - kinesiología - fonoaudiología). A la hora de enviar la documentación a facturación se debe presentar: el pedido médico completo (datos del paciente, datos mutual, practica a realizar, conformidad del médico y paciente) y adjunto el informe.
Las prácticas que SI TIENEN TOPE, se continúa pidiendo la autorización mediante TRADITUM y se adjunta pedido médico + autorización online. Son las prácticas de fisioterapia y fonoaudiología.
Existen otros 2 escenarios en cuanto a autorizaciones: Autorización médica y Autorización administrativa. En ambos casos el paciente se debe dirigir a la OOSS con el pedido médico y solicitar la aprobación de la prestación. En particular la autorización administrativa (sería una auditoría médica) además del pedido el paciente debe presentar un resumen de HC que justifique el pedido. En este último caso la forma correcta de presentar la documentación sería: pedido medico + autorización firmada y sellada por OOSS e informe.
No obstante esta aclaración, adjunto el instructivo enviado por OMINT, donde hay que hacer foco de las páginas 9 a 11 inclusive, donde se detalla que planes y para que prestaciones se exigen este tipo de autorizaciones especiales.
Recuerden cargar en las prestaciones que no requieren ningún tipo de autorización el n° de transacción al momento de solicitar la elegibilidad. Ésta es un requisito fundamental EN TODA prestación ya que nos indica que el afiliado está activo.
Documentación que debe enviar el Profesional, Centro o Sanatorio:
A. Las solicitudes de autorización de prestaciones médicas ambulatorias o de internaciones clínicas, quirúrgicas o de maternidad, deben ser gestionadas vía mail a:
Córdoba: E-mail: autorizacba@omint.com.ar
Recuerde que al momento de gestionar la autorización, deberá:
Informar el mail al cual Omint le remitirá la autorización.
En todos los casos rogamos detalle en la orden médica con el membrete del profesional o de la institución:
Nombre del asociado.
Número de asociado, con todos sus dígitos (sin guiones, ni espacios).
Denominación de la prestación requerida y código de la prestación convenida con Omint
Diagnóstico presuntivo o de certeza.
Fecha de prescripción.
Firma, aclaración y sello del profesional prescriptor.
Prestador con el que se realizará la prestación o práctica a autorizar, en caso de internación
mencionar la institución.
En caso de tratarse de una internación deberá incluir fecha y lugar de internación, duración estimada, y aclarar si los honorarios van a ser percibidos por el profesional en forma directa o por la institución (de acuerdo al convenio).
La autorización de internaciones no indica topes de permanencia por lo cual no se requiere la solicitud de prórrogas.
En los casos de internaciones como consecuencia de “accidente en vía pública” y/o por ART, le solicitamos lo informe en el pedido de autorización. En caso de corresponder denuncia policial solicitar al socio copia de la misma para adjuntar.
Los estudios complementarios convenidos realizados durante la internación no requieren autorización.
Toda autorización tiene una validez de 30 (treinta) días a partir de la fecha de emisión. De este modo la fecha de la autorización emitida por Omint es la que se toma en cuenta como válida por sobre la fecha de prescripción de la orden médica.
Internaciones de urgencia: deben ser gestionadas de inmediato al ingreso del paciente y hasta las 24 horas de efectuada la admisión.
Internaciones y cirugías ambulatorias programadas: todas deben ser solicitadas con una antelación no menor de 10 días a la fecha de efectuar la prestación y no menor a 15 días si requiere prótesis, insumos o medicamentos.
Recién nacidos: Si al momento del alta sanatorial de la madre, el recién nacido continúa internado, Omint sólo emitirá la autorización correspondiente si éste ha sido incorporado como socio. Caso contrario dicha autorización será denegada y todos los gastos deberán ser facturados al socio.
Cualquier duda sobre el trámite a realizar, el socio debe comunicarse con Omint o bien dirigirse a la sucursal más cercana. Auditoría Médica de Omint podrá solicitar, en caso de considerarlo necesario, información adicional para la autorización de prestaciones: resumen de historia clínica y/o informes de resultado de estudios previos. Ante la actual situación de emergencia sanitaria, la validez de las autorizaciones se extiende por 60 días a partir del mes de la fecha de su emisión.
Sistema de identificación del afiliado
Los asociados poseen una credencial de identificación digital en su celular denominada SMART CARD o la credencial plástica donde constan los siguientes datos:
Nombre y Apellido del asociado.
Número de credencial.
Fecha de ingreso del socio, de inicio y de finalización de la vigencia de la credencial.
Condición ante el IVA.
Si corresponde, la credencial indica el nombre de la obra social a la cual pertenece el socio. En caso de que no pertenezca a ninguna obra social figurará la palabra Gravado.
Copago: indica que el copago debe ser abonado por el socio.
Cartilla y plan asignado (se verificará de acuerdo con las cartillas/planes habilitados al ser atendidos por el prestador).
Omint Smart_card la credencial digital que tiene la misma validez que la credencial plástica. Posee un contador en el margen superior derecho que le asegura que el socio está activo al momento de la consulta.
Ingresando en nuestra página al menú Facturación o Conectividad en la consulta de datos del socio puede conocer el estado del socio, su situación frente al IVA, la cartilla a la cual pertenece y si debe abonar copago.
Observaciones a tener en cuenta:
Usted podrá solicitarle al socio su documento de identidad para validar que el mismo sea el portador de la credencial.
En las prestaciones que requieran autorización, el prestador verificará la credencial y la correspondiente orden autorizada para realizar la práctica.
Omint no se responsabilizará por el costo de las prestaciones que el paciente pueda recibir del prestador, si no se cumplieran las condiciones expresadas.
Omint solo cubrirá las prestaciones realizadas a los asociados cuyos planes y cartillas estén habilitados a recibir sus servicios.
Prescripción de medicamentos
Con el objetivo de brindar a nuestros asociados un servicio eficiente y sin demoras, por favor tenga en cuenta las normativas de prescripción de medicamentos que detallamos a continuación.
Tipo de recetario: Recetario con membrete del profesional, centro o institución prestadora.
Requisitos de la receta
Denominación de la entidad.
Nombre y apellido del asociado.
Número de credencial del asociado.
Nombre de los medicamentos y principios activos.
Cantidad de cada medicamento en números y letras.
Firma del profesional y sello de tinta con número de matrícula y aclaración.
Fecha de prescripción.
Las recetas no deberán tener tachaduras ni cambio de tinta. Las enmiendas podrán ser salvadas validando la corrección con firma y sello del profesional prescriptor.
Prescripción de medicamentos: Le recordamos algunas características de la prescripción de medicamentos:
Se pueden indicar hasta 3 (tres) especialidades medicinales por receta.
Se pueden indicar hasta 2 (dos) envases por especialidad medicinal.
Cuando se indique más de un envase, deberá incorporarse la leyenda “Tratamiento Prolongado”.
En el caso de antibióticos inyectables monodosis, podrá prescribir hasta 6 (seis) unidades.
En el caso de psicofármacos, la receta deberá ser confeccionada por duplicado, de puño y letra del profesional, o en los formularios que correspondan, según las normas legales vigentes.
Prescripción digital
Se habilita la prescripción de medicamentos por medios digitales con las condiciones especiales detalladas en la Resolución 696/2020.
Prestaciones que requieren autorización
Los tipos de autorización son “Administrativas” o “Administrativas con Auditoría Médica”. Para las autorizaciones con Auditoría Médica requieren que presente un resumen de historia clínica y justificación de la misma.
Esta información es válida para todos los planes de Omint.
Para socios de las Líneas: O, F, N, Y, Skill Plus, Programa XXI, 3, 4, 2600, 2700, 4021, 4500, 6500, 8500.
Para socios de las Líneas: 1, 2, 1500, 2500.
Prestaciones excluidas de la cobertura
NORMAS OPERATIVAS
Normas de facturación y pago
Los prestadores médicos deberán emitir la factura con los siguientes datos: Ejemplo Factura OMINT S.A. de servicios
OMINT S.A. de Servicios - CUIT 30-55024530-9 Domicilio fiscal Carlos Pellegrini 1363 piso 6º C1011AAA Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Características
La fecha de emisión de la factura debe ser el último día del mes en que se efectuaron las prestaciones.
La fecha de presentación de facturas es del 1 al 5 de cada mes o bien el primer día hábil posterior, para el caso de Interior del 1 al 10 de cada mes. En dicha fecha presentará lo realizado en el mes anterior. Se considerarán caducadas las prestaciones presentadas que se hayan realizado con más de 6 (seis) meses previos a la fecha de su presentación.
Domicilio de entrega de facturación: Córdoba: Rafael Nuñez 4495 - Cerro (5009) de lunes a viernes de 9 a 17:30 hs.
No es necesario separar la facturación por línea, cartilla o plan atendido.
Facturación de IVA
De acuerdo con su condición ante el IVA, en una misma factura puede presentar gastos exentos y gravados, consignando el cálculo de IVA en estos últimos. Puede identificar la condición del socio en la credencial. Si fuera “Exento”, Usted visualizará la denominación de la Obra Social y en caso de ser “Gravado” figurará la sigla Gravado. En caso de instituciones con internación, deben facturar por separado la internación de lo ambulatorio.
Refacturación
Debe presentar por separado la refacturación en factura, de la facturación periódica, en igual fecha y lugar de entrega, consignando “refacturación” en el concepto o detalle.
El plazo para refacturar se extiende a 60 (sesenta) días de la fecha en que fue entregado el detalle de la liquidación.
Debe citar el número de factura a la que hace referencia el reclamo. Se acepta una única refacturación, sujeta a los conceptos considerados refacturables, según los motivos de “ajustes médicos” detallados a continuación.
Documentación respaldatoria para la facturación:
La factura de internación debe respaldarse con:
Autorización emitida por OMINT. Toda autorización tiene una validez de 30 (treinta) días a partir de la fecha de emisión.
Autorización de presupuesto autorizado (de corresponder).
Prórroga de autorización, si la hubiera.
Copia de historia clínica completa.
Rendición individual de consumo por paciente.
La facturación de prestaciones ambulatorias debe respaldarse con la Planilla Mensual de Prestaciones OMINT o en el formulario que desee, siempre que contenga los siguientes datos:
Fecha de prestación.
Apellido y nombre del socio.
Número de socio completo.
Diagnóstico legible.
Prestación realizada valorizada con, descripción y codificación de acuerdo con NN y convenio.
Firma de conformidad. En casos de sesiones, firma y fecha en cada una.
Y debe respaldarse con:
Autorización emitida por OMINT en caso de corresponder. Toda autorización tiene una validez de 30 (treinta) días a partir de la fecha de emisión.
Autorización de presupuesto autorizado (de corresponder).
Prescripción médica original, con fecha, firma y sello del profesional solicitante; nombre y número de socio y diagnóstico legible.
Fecha de realización de la prestación, con firma y sello del profesional interviniente y firma y aclaración del socio.
Informes de las prácticas realizadas, excepto: laboratorio que no requiere autorización, radiología simple, ecografías mamaria, tiroidea y de partes blandas, PAP, colposcopía, ECG, EEG, ergometría.
Protocolos quirúrgicos y anestésicos en todas las prácticas quirúrgicas, ambulatorias y en internación, y certificado de implante.
Resumen de historia clínica en aquellos pacientes que realizan más de 3 (tres) consultas en el mismo mes, de la misma especialidad.
Órdenes de interconsulta, derivación y tratamiento, en prestadores habilitados para la atención de líneas gerenciadas de OMINT.
Leyenda “Urgente” y hora de realización que avale la prestación como tal.
Ante la actual situación de emergencia sanitaria, la validez de las autorizaciones se extiende por 60 días a partir del mes de la fecha de su emisión.
Facturación Conectividad:
1- Ingresando en www.omint.com.ar Autogestión – Facturación - Consulta de Consumos por conectividad podrá visualizar las prestaciones autorizadas por el sistema de conectividad, a fin de facilitarte la obtención de los datos para realizar tu facturación. Le solicitamos en el detalle de lo facturado aclarar “Período/Fecha desde-hasta”.
2- Cuando por inconvenientes técnicos no haya podido utilizar el servicio de conectividad, deberá presentar el archivo Excel de Registro Mensual de Prestaciones Médicas. Es importante indicar en el archivo que el registro es por “Contingencia”
3-No es necesaria la presentación de tickets de POS, que debe conservar por 6 (seis) meses, para eventual Auditoría.
Copagos
Identifica en la credencial si el socio debe abonar copago, donde estará consignada la palabra COPAGO.
Las prestaciones deben ser facturadas habiendo sido deducidos los importes de copagos -que debió abonar el asociado- de los aranceles convenidos, consignándolo en cada prestación y socio implicado.
Pago
El pago de los servicios para los prestadores se efectuará mediante acreditación en cuenta bancaria. Para la implementación de la acreditación en cuenta, debe presentar la planilla especial debidamente cumplimentada.
La razón social deberá coincidir con el nombre de la cuenta bancaria. En la “Orden de Pago”–emitida por Omint– se encuentran registradas las facturas pagadas y las retenciones impositivas. En el “Detalle de Ajustes” –emitido por Omint– se encuentran las prestaciones debitadas o acreditadas, con todos los datos para identificarlas y los motivos de estos ajustes.
La orden de pago, las retenciones y los motivos de ajustes podrán ser consultados e impresos en www.omint.com.ar . Recuerde remitir siempre a OMINT los comprobantes contables (NC/CD) correspondientes a las liquidaciones de prestaciones informadas en www.omint.com.ar “Gestión de Facturación”.
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