BERKLEY
Normas de facturación.
Auditoría posterior o Auditoría de facturación: A fin de agilizar el procedimiento administrativo para la verificación y posterior pago de los servicios prestados, informamos a continuación las normas generales a las que se debe ajustar la facturación de los prestadores:
1-. Lugar de presentación:
Carlos Pellegrini 1023- 3° piso - CABA CP.1009 – Lunes a viernes de 10 a 18hs.
2- Requisitos de facturación
2-1- De la confección de las facturas.
2-1-a- Todos los prestadores deberán presentar la facturación observando las normas establecidas por los organismos de recaudación y control fiscal (AFIP-DGI y DGR provinciales)
2-1-b- Dado que Berkley ART es exenta ante el IVA, los responsables inscriptos, deberán confeccionar factura tipo B.
2-1-c- Los prestadores que facturen IIBB deberán adjuntar 3 (tres)copias de la factura.
2-2- El detalle de las prestaciones se presentará en soporte papel de acuerdo a las siguientes especificaciones:
2-2-a- Nº de siniestro y/o DNI (Numérico).
2-2-b- Apellido y Nombre (Texto).
2-2-c- Código de la prestación (Numérico).
2-2-d- Descripción de la prestación (Texto).
2-2-e- Cantidad de prestaciones (Numérico).
2-2-f- Importe Facturado (Numérico).
2-2-g- Fecha de realización (dd/mm/aa). No podrán facturarse prestaciones que tengan fecha de realización, posterior a la fecha de emisión de la factura.
2-2-h- Matrícula del médico solicitante (Numérico).
3- De la documentación respaldatoria: Además de la documentación que avale las prestaciones médicas efectuadas, se deberán adjuntar: PMI y PME del stro y copia de DNI del accidentado (ambos lados). Según resolución 1838/14 y 179/15 de la SRT.
3-1- Las órdenes deben contener: 3-1-a- Nombre y Apellido del accidentado.
3-1-b- Número de DNI/Siniestro (claro y legible)
3-1-c- Fecha de emisión (escrita por el médico solicitante).
3-1-d- Practica solicitada.
3-1-e- Autorización si así lo requiriese.
3-1-f- Procedimiento quirúrgico (en caso de solicitar cirugía).
3-1-g- No deben presentar enmiendas ni tachaduras.
3-1-h- Firma y sello del profesional solicitante.
3-1-i- Firma del beneficiario.
3-1-j- Sello del efector.
3-1-k- Diagnóstico.
3-2- Los informes deben contener:
3-2-a-Nombre y Apellido del accidentado.
3-2-b- Fecha en que se efectuó la prestación.
3-2-c- Firma y sello del médico que realizó la práctica.
3-2-d- Sello de la Institución.
3-3- Las prácticas médicas:
Las prestaciones realizadas / indicadas deberán guardar estrecha relación con la patología del accidentado. En caso de requerirse una práctica/cirugía sin valores pactados, se deberá adjuntar el correspondiente presupuesto aprobado por el sector de convenios de Berkley ART.
3-4- De las internaciones.
3-4-a- Historia clínica completa en todos sus ítems según normas.
3-4-b- Evolución del médico tratante con firma y sello del mismo. En caso de internaciones la falta de evolución implicará el débito del día correspondiente con todos los gastos que fueren ocasionados en ese día (medicamentos, estudios, etc.).
3-4-c- Indicaciones médicas, realizadas de puño y letra del profesional tratante, con firma y sello del mismo.
3-4-d- Solicitud de interconsulta por médico tratante y respectiva evolución del especialista interconsultado refrendado con firma y sello del mismo.
3-4-e- Solicitud de pedidos y los respectivos resultados de todos los exámenes complementarios de diagnósticos realizados durante la internación.
3-4-f- Hoja de Enfermería y Balance Hídrico, con detalle de cada formula suministrada diariamente con rúbrica del enfermero actuante.
3-4-g- Foja quirúrgica y foja de anestesia, debidamente completada donde figure día y horario de comienzo y finalización del acto quirúrgico, firmada y sellada por los profesionales actuantes. 3-4-h- Hoja de epicrisis completa.
3-5- De los medicamentos:
Los medicamentos indicados deberán tener estrecha relación con la patología del accidentado. Las órdenes deberán cumplir los mismos requisitos que el punto 3-1 del presente documento y se deberán adjuntar los troqueles correspondientes.
4- Fechas límite de facturación / refacturación. Podrán facturarse prestaciones/intervenciones quirúrgicas /medicamentos, sin considerarse una fecha límite para la misma. En cuanto a las refacuraciones, se podrán realizar hasta 90 (noventa) días trascurridos desde la fecha de emisión de la carta de débitos.
5- De las autorizaciones. Prácticas de alta complejidad: requieren autorización. Prácticas quirúrgicas: Excepto las prácticas quirúrgicas menores (suturas simples) Todas requieren autorización. Prácticas ambulatorias que NO requieren autorización: Consulta Médica, Rx, ECG, rutina de laboratorio, 10 primeras sesiones de kinesiología, medicación básica (analgésicos, antiinflamatorios, descartables de uso habitual, yesos).
El incumplimiento de cualquier requisito, anteriormente mencionado, será motivo de debito o devolución.
6- Requisitos para refacturar: Para la presentación de los documentos correspondientes a refacturaciones, los requisitos son los mismos que para la facturación inicial, debiéndose agregar además, la copia de la carta de débito emitida por Berkley ART, así como la argumento de los mismos y su soporte documental.
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