DASUTEN
23/05/2022 - Baja de Códigos
16/11/2021 - Los bonos autorizados por Dasuten con código de barra son válidos. Los mismos salen así para mejorar nuestro el control interno y nada tienen que ver con el prestador, ni su facturación. Por favor, informar a las distintas áreas, ya que se están presentando inconvenientes con prácticas u ordenes emitidas, las mismas no son recibidas.
RECORDAR! LAS ORDENES DE LOS AFILIADOS SON VALIDAS A NIVEL NACIONAL, NO NECESARIAMENTE DEBEN SER DE LA DELEGACIÓN DE CÓRDOBA.
1) PRESTACIONES: prestacionesdasu@rec.utn.edu.ar
2) MESA DE ENTRADAS/RECEPECIÓN DE FACTURACIÓN: facturasonline@rec.utn.edu.ar
3) TESORERÍA: tesoreriadasuten@rec.utn.edu.ar
4) CONVENIOS: conveniosdasuten@rec.utn.edu.ar
5) MEDICAMENTOS Y ADIQUISICIONES: medicamentos@rec.utn.edu.ar
6) DISCAPACIDAD: discapacidadesdasuten@rec.utn.edu.ar
7) AUDITORÍA MÉDICA: auditmedica@rec.utn.edu.ar
8) SISTEMAS: alowenstein@rec.utn.edu.ar
9) Dpto CONTABLE: soportedasuten@rec.utn.edu.ar
10) Dpto FACTURACIONES: facturaciondasuten@rec.utn.edu.ar
11) GERENCIA: gerenciadasuten@rec.utn.edu.ar
12) COMUNICACIONES: dasutenfrc@utn.edu.ar
IMPORTANTE
Los bonos emitidos por DASUTEN deben estar firmados por el afiliado, con su respectiva firma y aclaración, como así también deben figurar los datos del medico tratante como firma y sello. En relación a los ingresos por guardia el pedido medico siempre debe estar firmado por la auditoria del financiador y el afiliado en cuestión. Estos requisitos deben cumplirse SIN EXCEPCIÓN alguna, caso contrario incurrirá en débito.
NORMAS OPERATIVAS
Identificación y atención: Para cualquier prestación contratada hay que presentarla Orden de Consulta y/o Práctica (excepto por la guardia), un documento y la credencial D.A.S.U.Te.N.-
Guardia: Los pacientes que ingresen por guardia se realizarán las prestaciones sin la presentación dela Orden de Consulta o Práctica.
Tanto los beneficiarios que ingresen por guardia, como los profesionales que atiendan a dichos beneficiarios, deberán firmar el boucher que el Sanatorio/Clínica u Hospital ha confeccionado para tal circunstancia. En el mismo figurarán los datos del paciente y el diagnóstico.
Prestaciones sin contratar: Las prestaciones a realizar que no se encuentren convenidas, se solicita el envio de mail a la cuenta: conveniosdasuten@rec.utn.edu.ar acordar vigencia y valor entre ambas partes.
Prohibición de cobro: El Sanatorio/Clínica u Hospital no facturará a los beneficiarios dela D.A.S.U.Te.N. ninguna prestación contratada. Esta prohibición se extiende a los profesionales del cuerpo médico que hubieran brindado la prestación quienes tampoco podrán facturar directamente ala D.A.S.U.Te.N.
INTERNACIONES:
Rubros sujetos a la autorización de la Auditoria Médica:
Todas las internaciones programadas se cubren en habitación privada Standard, salvo por falta de disponibilidad, que se cubre en habitación compartida. La D.A.S.U.Te.N. no cubre internaciones en habitación VIP o LUXE
Internaciones de Urgencia: podrán ser autorizadas dentro de las primeras 72 hs. hábiles.
En internaciones programadas, las prótesis, ortesis, marcapasos, insumos implantables y semi implantables, los provee D.A.S.U.Te.N., enviando los mismos, dentro de las 72 hs. previas a la cirugía. En casos de urgencia proveerá el Sanatorio/Clínica u Hospital, aceptando el pago de los mismos o reposición.
AMBULATORIO:
Rubros Sujetos a Autorización de la Auditoria Médica:
Todas las prestaciones de alta complejidad convenidas.
Laboratorio No Nomencladas
SERVICIOS O PRESTACIONES QUE NO REQUIEREN AUTORIZACION:
Los medicamentos que se suministren en pacientes internados o ambulatorios serán facturados 100% a cargo de D.A.S.U.T.e.N. según valor Manual Farmacéutico vigente al momento de la facturación
El material descartable que se utilice en pacientes internados o ambulatorios serán facturados 100% a cargo de D.A.S.U.Te.N.
Aislamiento se facturará a valores del área correspondiente.
Material Radioactivo: se facturará 100% a cargo de D.A.S.U.T.e.N. a valores CEDIM.
Por prestaciones realizadas durante la Internación.
Consultas, rayos, laboratorio de rutina, ecografías, mamografías, kinesiología y electrocar.
Soporte Magnético
Con el objetivo de poder controlar las prestaciones facturadas, DASUTeN le solicita que nos envié un soporte magnético, para la cual existen dos alternativas ; ud. deberá evaluar según su conveniencia:
Alternativa 1
Utilizar el sistema que DASUTeN puso a disposición de los prestadores, el mismo puede bajarse desde internet desde www.dasuten.utn.edu.ar, las ventajas de este sistema son:
Generación del archivo que DASUTeN solicita, pudiendo ser enviado al correo electrónico: soportedasuten@rec.utn.edu.ar .
Actualización automática del padrón de afiliados activos como también los nomencladores vía Internet, a fines de evitar errores de datos en la generación del archivo.
Tener el control de las facturas enviadas.
Alternativa 2
Generar con su sistema de gestión un archivo como el que se especifica en los Anexos A y B.
En esta alternativa, existen variantes que se deben acordar con el área de sistemas de la DASUTEN:
El archivo puede ser DBF (Anexo A) o TXT (Anexo B)
En los distintos formatos se pueden reemplazar Tipo y Nro de Documento por Nro de Credencial
En la codificación de prestaciones se puede acordar tablas de equivalencias si no se utiliza la codificación INOS. Para las prestaciones No Nomencladas la tabla de equivalencias de códigos es la única alternativa.
En resumen, y sin excepción, todo acuerdo del formato del soporte magnético debe:
Identificar de manera inequívoca al afiliado.
Identificar de manera inequívoca la prestación.
Informar el importe facturado a DASUTeN (cantidad e import Unitario).
Informar la fecha de realización de la prestación.
Informar nro de bono que autorizó la prestación.
Informar diagnóstico del afiliado.
ANEXO A - FORMATO DE ARCHIVO TIPO DBF
Campo Descripción
Tipodoc: Tipo de documento, Carácter (2),
Valores posibles: DU = DNI
LE = Libreta de enrolamiento
LC = Libreta Cívica
CI = Cédula de Identidad
Nrodoc: Numero de documento, Numérico (10,0).
Codrub: Código de Rubro, Numérico (3,0).
Valores posibles: 001 = Bioquímico
002 = Prácticas Médicas INOS
005 = Odontológico
011 = Medicamentos (en caso de utilizar este rubro, deberá
comunicarnos si en el campo CodPrestac utilizará el código AlfaBeta o Troquel)
Codprestac: Código de prestación, Carácter (9), Valor según nomenclador
correspondiente, en prácticas no nomencladas, debe acordar con el área de sistemas para
armar una tabla de equivalencias de códigos
Fechapres: Fecha de la prestación, date, valor dd/mm/aaaa.
Descrip: Descripción de la prestación, Carácter (30).
Cantidad: Cantidad de unidades, Numérico (3,0).
Importe: Importe unitario de la prestación (importe que le corresponde pagar a DASUTeN,
Numérico (12,2)
Nomprof: Nombre del profesional que realizo la practica, Carácter (30).
Nropieza: Numero de pieza dental, Numérico (2,0), únicamente para prestaciones
odontológicas.
Cara: Cara/s de la pieza dental, Carácter (5), únicamente para prestaciones odontológicas.
Codplan: Código de plan, Numérico (3,0).
Valores posibles: 1 = Plan General
5 = Plan Materno-infantil.
Descuento: Coseguro, Numérico (10,2), Valor abonado por el afiliado en concepto de
coseguro
Estado: Forma de cómo se realizó la prestación, Carácter (1),
Valores posibles: A = Ambulatoria.
I = Internación.
Nrobono: Numero del bono de consulta o la orden de prestación, Carácter (10). (Ej.: C-12345678)
Diagnótico: Código de diagnóstico del afiliado, según Clasificación Internacional de Enfermedades CIE10. Carácter (6).
Se necesita un archivo por cada factura, en donde la sumatoria de los items (importe unitario x cantidad) debe coincidir con el importe total de cada factura
OBSERVACIÓN: Se necesita un archivo por cada factura, en donde la sumatoria de los items (importe unitario x cantidad) debe coincidir con el importe total de cada factura
ANEXO B - FORMATO DE ARCHIVO TIPO TXT
Referencias:
A: Tipo de documento, Carácter (2),
Valores posibles: DU = DNI
LE = Libreta de enrolamiento
LC = Libreta Cívica
CI = Cédula de Identidad
B: Número de documento, Numérico (10).
C: Código de Rubro, Numérico (3,0).
Valores posibles: 001 = Bioquímico
002 = Prácticas Médicas INOS
005 = Odontológico
011 = Medicamentos (en caso de utilizar este rubro, deberá
comunicarnos si en el campo CodPrestac utilizará el código AlfaBeta o Troquel)
D: Código de Prestación, Carácter (9), valor según nomenclador correspondiente, en prácticas no nomencladas, debe acordar con el área de sistemas para armar una tabla de equivalencias de códigos (completar con 0 a la izquierda).
E: Fecha de la prestación, Alfanumérico (10), valor dd/mm/aaaa.
F: Descripción de la prestación, Carácter (30).
G: Cantidad de unidades, Numérico (3).
H: Importe de la prestación, Numérico (12), valor correspondiente al importe de la práctica *100 (Ej.:2,50 =>250), debe ser unitario y el que le corresponde pagar a DASUTeN
I: Nombre del profesional que realizó la práctica, Carácter (30).
J: Número de pieza dental, Numérico (2), únicamente para prestaciones odontológicas.
K: Cara/s de la pieza dental, Carácter (5), únicamente para prestaciones odontológicas.
L: Código de plan, Numérico (3),
Valores posibles: 1 = Plan General
5 = Plan Materno-infantil.
M: Coseguro, Numérico (10), Valor abonado en concepto de coseguro *100.
N: Forma de cómo se realizó la prestación, Carácter (1).
Valores posibles: A = Ambulatoria
I = Internación.
O: Número del bono de consulta o la orden de prestación, Carácter (10).
(Ej: C-12345678)
P: Código de diagnóstico del afiliado, según Clasificación Internacional de Enfermedades CIE10. Carácter (6).
OBSERVACIÓN: Se necesita un archivo por cada factura, en donde la sumatoria de los importes unitarios por la cantidad de unidades vendidas debe coincidir con el importe total de cada factura. Deben estar todos los campos, en caso de no utilizar alguno (Nropieza, Cara), dejarlo en blanco.
Ante cualquier consulta técnica podrá comunicarse con el área de sistemas de Dasuten Central, Tel: 5371- 5754/55/56 int.: 4449
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