ASOCIACION MUTUAL 23 DE DICIEMBRE
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Para recibir la atención correspondiente, el beneficiario de nuestro sistema de cobertura, deberá presentar último recibo de sueldo, credencial que lo acredite como tal, documento de identidad, debe observarse fecha de vigencia. Existe un solo plan que incluye únicamente el Programa Médico Obligatorio (PMO) ATENCIÓN EN GUARDIA, URGENCIAS Y EMERGENCIAS La atención de beneficiarios-pacientes en guardia, incluye la consulta médica propiamente dicha y los exámenes/estudios que de ella se desprendan, en pos de la confirmación diagnóstica de esa atención. El importe de los medicamentos, materiales descartables y sustancias de contraste implicadas en la atención en guardia, deben ser facturadas. Bajo ningún concepto se solicitará pago alguno al beneficiario-paciente. ATENCIÓN DE CONSULTAS Y PRÁCTICAS AMBULATORIAS El prestador deberá solicitar último recibo de sueldo, la credencial y el DNI al beneficiario que requiere la atención, tanto de consultas como de estudios, diagnósticos y/o prácticas. Sin autorización previa (sin límite ni tope)
Consultas médicas y odontológicas
Electrocardiogramas
Papanicolaou y Colposcopia
Radiografías
Laboratorio PMO (baja, mediana y alta complejidad)
Solo debe presentar
Credencial
DNI
Ultimo recibo de sueldo.
Las consultas médicas que si deben autorizarse son las de planes especiales: Programa HIV/ Oncología/Discapacidad/ Plan materno infantil (PMI).
Las consultas psicológicas, rehabilitación, psiquiatría continúan requiriendo autorización. Estudios de alta complejidad y practicas quirúrgicas, requieren programación específica, por lo que es necesario la autorización.
Todos los afiliados pueden sacar turno en forma directa (sin previa autorización) sólo para estas especialidades, en los centros médicos o llamando al 0800.
PRÁCTICAS POR SESIÓN
Deberá solicitar autorización previa al inicio del tratamiento. Cada vez que el beneficiario paciente concurra a una sesión, deberá firmar una planilla con lo que se comprobara su concurrencia. De modo que, solo así, se liquidará la prestación. La ausencia del paciente no habilitará al prestador a facturar la prestación. Por otra parte, junto con dicha planilla, deberá presentarse la orden médica con la indicación del número de sesiones requeridas, debidamente autorizada. La facturación deberá ser presentada cuando haya finalizado el tratamiento autorizado. Prestación que se brinde por sesiones: Fisioterapia, Kinesiología, Laser, Magnetoterapia, RPG, Estimulación temprana, Rehabilitación cardíaca, Fonoaudiología, etc. INTERNACIONES Toda internación o cirugía programada que sea requerida para un beneficiario de OSPIV debe ser autorizada previamente, a fin de que poder realizar la coordinación adecuada de la misma. Las internaciones de urgencia, al igual que las cirugías de urgencia, deben ser informadas en el día de la fecha de internación/cirugía, y solicitar su correspondiente autorización. En caso contrario, de no ser informado en un plazo de 24 horas hábiles, desde el momento de la internación, no se reconocerá posteriormente la misma.
Les recordamos que los días de prórrogas deben ser autorizados diariamente y con soporte de historia clínica.
REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE INTERNACIÓN
Recuerde que en el pedido deberán constar los siguientes datos:
Nombre y apellido del beneficiario - Número de afiliado (CUIL) - Edad - Detallar sector de internación solicitado. Ej.: UTI/UCO/ Piso - Diagnóstico presuntivo - Fecha de internación - Sello - Firma del profesional
REQUISITOS PARA LA DERIVACIÓN DE PACIENTES A OTROS CENTROS DE INTERNACIÓN/CUIDADOS DOMICILIARIOS/OTRA INSTITUCIÓN
En caso que se requiera el traslado del socio a otra institución, el médico tratante deberá
enviar:
Resumen de H.C. por escrito, detallando la condición del paciente. - Orden de traslado, especificando tipo de móvil que se requiera y profesional responsable que entrega al paciente.
INTERNACIONES Y/O CIRUGÍAS PROGRAMADAS
Las internaciones o cirugías programadas que requieran de medicación, prótesis u ortesis, deben ser solicitadas por el prestador con la suficiente antelación y con su justificación médica correspondiente. Adjuntar el sticker, troquel y/o envoltorio correspondiente.
La demora en la entrega de lo solicitado se ajustará a la disponibilidad en el mercado.
COSEGUROS
Las atenciones por guardia no llevan copago, coseguro o autorización. Los afiliados de no abonan coseguro, para ninguna práctica y/o consulta.
NORMAS DE FACTURACIÓN.
Las facturas serán emitidas a nombre de ASOCIACIÓN MUTUAL 23 DE DICIEMBRE, CUIT: 3071012727-8(Factura B IVA Sujeto Exento), domicilio fiscal en la calle 4 de abril 1157, Tandil, Buenos Aires; con numeración preimpresa en original y duplicado, y entregadas del 1° al 5° día del mes siguiente a su realización en Santiago del Estero 112, Piso 4 – Oficina 12, CABA. Fuera de esos plazos, y con carácter de excepción, se recibirán prestaciones de hasta 60 días de realizadas, en las que se demorará su liquidación por razones administrativas. Los datos del prestador deben estar en un todo de acuerdo con la Res. Gral. 3419 de la DGI, sus modificaciones y demás normas vigentes. No se aceptarán remitos ni otros comprobantes. Se deberá acompañar los comprobantes de prestaciones realizadas, ya sea consultas o prácticas, emitidas por la institución, así como las historias clínicas de internación o quirúrgicas completas. Realizar una factura por Obra Social.
DÉBITOS
La Auditoría Médica procederá a debitar las prestaciones facturadas que no cumplan con alguno/s de los requisitos informados en el cuerpo del contrato. Los reclamos posteriores deberán ser presentados por escrito para su consideración. En los casos que se deba a documentación faltante o con errores de transcripción, una vez solucionados los inconvenientes, podrán ser refacturados en el mes siguiente. Los débitos realizados sobre aspectos médicos que pudieren tener discrepancia de criterios técnicos o profesionales podrán ser tratados en forma de Auditoría Compartida, entre el Profesional interviniente y nuestra Auditoría Médica, para lo cual se procederá a concertar previamente día y hora.
REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LIQUIDACIONES
Las facturas deberán presentarse por duplicado En detalle aparte: Listado de pacientes, con su correspondiente importe a facturar. Este detalle, también, deberá ser enviado por correo al sector de facturación (en formato Excel). Se deberá adjuntar: Copia de historia clínica, con carátula, indicando: - Nombre y Apellido del Afiliado. - Fecha de la prestación. - Código de prácticas o prestaciones. - Importe parcial. - Fotocopia de los informes y/o protocolos de la totalidad de prácticas médicas realizadas.
FECHA Y HORARIO DE PRESENTACIÓN DE FACTURAS
Toda la documentación precedentemente detallada, podrá ser presentada de lunes a viernes, de 10 a 17 hs., del 1° al 5° día de cada mes.
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